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Pablo Pineda

El alcalde prohíbe el acceso al Archivo Municipal al investigador Fernando Pineda

Francisco Javier Cuaresma impide que el que fuera regidor socialista de El Campillo durante 20 años prosiga sus indagaciones sobre la Historia del municipio · El dirigente andalucista se salta así las leyes de Archivos de la Junta de Andalucía

EL CAMPILLO. El alcalde de El Campillo, Francisco Javier Cuaresma (PA), impidió el pasado 27 de diciembre el acceso del ex regidor socialista y actual investigador de la historia de la localidad minera Fernando Pineda al Archivo Histórico Municipal. De esta manera, el dirigente nacionalista, que no dio ningún tipo de explicación sobre su negativa al afectado, se saltaba no sólo el propio acuerdo de la Junta de Gobierno que preside, que en septiembre (sin que esto sea necesario) concedió el permiso de un modo expreso a Pineda para consultar los documentos históricos salvocheanos, sino también las leyes de Archivos de la Junta de Andalucía, tanto la recién ratificada por el Parlamento Autonómico Ley 7/2011, de 3 de Noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, como la anterior Ley 3/1984, de 9 de Enero, de Archivos, de la Junta de Andalucía. Un texto, este último, que, curiosamente, fue debatido en la Cámara autonómica con el secretario general del PSOE de El Campillo como diputado autonómico y vicepresidente de las comisiones de Educación y Cultura.

Fernando Pineda ha registrado, con fecha de 3 de enero de 2012, un escrito en el Consistorio minero para pedir una rectificación de su decisión al alcalde. En caso de que ésta no se produzca o de que Cuaresma confirme su oposición, se plantea acudir al Defensor del Pueblo Andaluz o, incluso, a la vía judicial contencioso-administrativa en busca de amparo para la recuperación de sus “derechos vulnerados”. El que fuera alcalde del PSOE durante 20 años (1979-1991, 1999-2007) y concejal a lo largo de otros dos mandatos más (1991-1999), tras asegurar que es la primera vez que le ocurre algo parecido en el lustro que acumula de constante investigación en distintos archivos de la provincia de Huelva, no sabe si esta actitud u “orden antidemocrática” será fruto de la “ignorancia” de este primer edil andalucista sobre los derechos que la legislación actual reconoce o un “odio heredado” a su condición de socialista. La carta enviada por Pineda al Ayuntamiento dice así:

Señor Alcalde del Iltmo. Ayuntamiento de EL CAMPILLO (Huelva)

Estimado Señor:

Altamente sorprendido y preocupado salí el pasado día 27 de la Casa Consistorial, tras recibir la orden negativa a mi acceso al Archivo Histórico Municipal.

Como usted debe conocer, tengo en mi poder un escrito del Ayuntamiento (Registro de SALIDA nº 916, de 26 de Septiembre de 2011), en el que se me notifica el acuerdo unánime de la Junta Municipal de Gobierno, de 7 de Septiembre de 2011, de aprobar mi solicitud (Registro de ENTRADA Nº 1319, de 6 de Septiembre de 2011), de acceso al Archivo Municipal para consultar documentos históricos.

Mi escrito de solicitud lo presenté, tras entrevistarme con usted, en presencia de Manuela Mª Caro, Tta. Alcaldesa 1ª, por indicación de usted “para tener constancia”, me dijo textualmente, aunque ya esto era la primera vez que me ocurre a mí y, según me comentan mis colegas investigadores, a nadie más le ha sucedido.

Ante la nueva y extraña situación al respecto, le ruego me confirme o me revoque por escrito, a la mayor brevedad posible, su decisión negativa a mi acceso a los documentos históricos del Archivo Municipal, acceso al que tengo derecho, según la Ley 3/1984, de 9 de Enero, de Archivos, de la Junta de Andalucía, artículo 26º, ley que, por cierto, (¡cosas de la vida y de la historia!), se aprobó en la ponencia y en la comisión de Educación y Cultura del Parlamento de Andalucía, siendo yo Vicepresidente de las mismas, por lo que me tocó ser protagonista excepcional de ella, ley recientemente mejorada por la Ley 7/2011, de 3 de Noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía (BOE-A-2011-18654, de 28 de Noviembre de 2011).

Espero no tener que acudir al Defensor del Pueblo Andaluz para que me ampare en la recuperación de mis derechos vulnerados por usted y no tener que, amparado por el Título VII de la misma Ley (artículo 43º e), acudir a la vía judicial contencioso-administrativa.

En espera de la revocación de su antidemocrática orden, le saluda atte:

Firmado: FERNANDO PINEDA.

El Campillo, a 29 de Diciembre de 2011.

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